Las Policías Locales reciben numerosas quejas de vecinos, relacionadas con las molestias que suponen los perros sueltos:
- ensucian aceras y parques.
- molestan a ciclistas y peatones.
- escarban entre las plantas y estropean los jardines.
- algunos, incluso asustan a los niños.
Por ello, hay que respetar las normas que son de obligado cumplimiento:
- Los perros deben ser conducidos en lugares públicos sujetos por una correa o cadena.
- Algunos perros deben llevar bozal si su agresividad así lo hace aconsejable.
- Se deben adoptar las medidas necesarias para impedir que el animal ensucie o deteriore las vías públicas, debiendo proceder a recoger sus excrementos.
El dueño responderá por los daños, perjuicios y molestias que ocasione.
Recuerde que, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente, está prohibida la presencia de animales de compañía en las playas, en los paseos marítimos y urbanos, en las zonas próximas a los accesos a las playas así como en la península de La Peñona, desde el 1 de mayo al 30 de septiembre y durante todo el año en los parques públicos habilitados con juegos infantiles.
Los animales también tienen sus derechos:
- Mantenerlo en buenas condiciones higiénico sanitarias, procurándole en todo momento, el tratamiento preventivo que haya sido declarado como obligatorio y la asistencia sanitaria que necesite, además de adoptar las medidas de limpieza oportunas no solo del mismo, sino de los habitáculos e instalaciones que los alberguen, debiendo de ser suficientemente espaciosas y adecuadas para su cuidado.
- Se les debe proporcionar alimento y bebida necesaria para su desarrollo, así como el ejercicio físico adecuado para su raza o especie. Procurarle alojamiento digno, atendiéndole de acuerdo con sus necesidades fisiológicas y etiológicas.
Está terminantemente prohibido:
- Matar, torturar o someterlos a prácticas que les puedan producir daños o sufrimientos.
- Abandonarlos.
- Mantenerlos permanentemente atados o inmovilizados.
- Venderlos o donarlos a menores de 14 años, etc.