La violencia de género se define como la manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”, y “comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.”
Consejos:
- Conserva la calma. Piensa que no estás sola. La Policía y la Guardia Civil están para ayudarte y protegerte. No aguantes en silencio ni seas tolerante con tu agresor. Denuncia los hechos inmediatamente. Tu denuncia afianza tu seguridad y previene futuras agresiones a ti misma o a otras mujeres.
- No modifiques tu aspecto. No te laves ni laves tu ropa. No alteres el lugar de agresión. Son pruebas. Aporta la identidad o la descripción de tu agresor y cuantos datos consideres de interés para la investigación.
- Serás reconocida por personal médico que atenderá y curará tus heridas, certificará tus dolencias, incluso las que a simple vista no sean apreciables y te administrará medicamentos para prevenir contagios, embarazos no deseados o infecciones.
- Formaliza tu denuncia, solicita justificante de la misma o copia de tu declaración. Te informarán sobre los derechos que te asisten como víctima y de las asociaciones y servicios sociales de tu zona, para acceder a posibles ayudas pensadas para ti.
- El personal encargado de la investigación policial que siga tu caso, te informará de la evolución del mismo y sobre cualquier suceso de importancia, siempre que no interfiera con las investigaciones.
- Si tienes problemas, si te amenazan o te sientes insegura, avisa inmediatamente. La Ley y los Cuerpos Policiales garantizan tu seguridad y tu protección.
- Denuncia cada situación del maltrato o agresión sexual de la que seas víctima en cuanto se produzca. Si has denunciado este tipo de hechos en otras ocasiones, comunícalo.
- Mantente en contacto con la Policía y colabora con ella. No temas testificar y reconocer a tu agresor.
- Recuerda que la interposición de la denuncia es un derecho y un deber de la víctima a fin de evitar nuevas agresiones.
- Si necesitas ayuda urgente llama al 112.
Otros teléfonos:
- Atención 24 horas: 016.
- Instituto de la Mujer: 900 19 10 10.
- Centro Municipal de Servicios Sociales: 985 53 0031.
- Concejalía de La Mujer: 985 50 85 04.
- Personas con discapacidad auditiva: 900 116 016.
- Policía Local: 985 53 27 00.
- Guardia Civil de Piedrasblancas: 985 53 00 61.
- Guardia Civil de Salinas: 985 50 00 88.
Derechos de las víctimas
- A formular denuncia.
- A solicitar una orden de protección.
- A la asistencia jurídica inmediata.
- A ser parte en el procedimiento.
- A la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado.
- A recibir información sobre las actuaciones judiciales.
- A la protección de la dignidad e intimidad.
- Al servicio de teleasistencia.
Derechos laborales y de Seguridad Social:
- A la reducción de la jornada laboral.
- Al cambio de centro con reserva del puesto de trabajo durante los primeros 6 meses.
- A la suspensión de la relación laboral con reserva del puesto de trabajo.
- A la extinción del contrato de trabajo con derecho a la prestación por desempleo.
- A faltar al trabajo por causa de la situación física o psicológica a consecuencia de la violencia de género.
- Si eres funcionaria:
- A la reducción de jornada.
- A la reordenación del tiempo de trabajo.
- A la movilidad.
- A la excedencia.
- Faltas de asistencia que se considerarán justificadas.
Derechos económicos
Las víctimas percibirán ayuda económica:
- Si carece de rentas que superen el 75 % del salario mínimo interprofesional.
- Si tiene dificultades para obtener un empleo.
- Si acredita la condición de víctima de violencia de género.
Renta activa de inserción (RAI)
Es una ayuda económica que se concede a las víctimas que sean demandantes de empleo, carezcan de rentas propias que superen el 75 % del salario mínimo interprofesional.
Ayuda para cambio de residencia
- Si es beneficiaria del RAI y tiene que cambiar de residencia, podrá percibir una ayuda suplementaria.
- Prioridad de acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores.
Víctimas extranjeras
- Derecho a autorización de residencia temporal por razones humanitarias
- Derecho a autorización de residencia independiente de los familiares reagrupados.
- A inscribirse como demandantes de empleo.
- A la escolarización inmediata de sus hijos.
- A la concesión de la condición de refugiada.
- A la tramitación urgente del procedimiento de reconocimiento de anticipos del Fondo de garantía del Pago de Alimentos.